La Confederación Estatal de Padres y Madres Separados Conpapaymama ha
abogado hoy por que la custodia compartida se establezca como "norma
preferente o general" y ha rechazado que se deje "a la discrecionalidad o
ideología de cada juez un tema tan delicado y subjetivo".
Esta
organización se congratula de que el ministro de Justicia, Alberto
Ruiz-Gallardón, presente un proyecto de ley "en breve" sobre esta
cuestión, después de "haber incumplido su palabra una y otra vez", y que
además lo quiera "consultar y consensuar".
Por esta razón,
Conpapaymama pedirá una cita esta semana al ministro para poder conocer
el proyecto y presentar sus propuestas, señala en un comunicado Justo
Sáenz, responsable de este colectivo.
Conpapaymama pide una ley
que iguale a todos los ciudadanos ante la ley" y señala que
Ruiz-Gallardón, siendo alcalde de Madrid, "defendió y aprobó una moción a
favor de regular la custodia compartida como modelo preferente".
Destaca
que la custodia monoparental "debe ser la excepción" y que, "partiendo
del criterio de prioridad o norma de la custodia compartida, al juez hay
que darle criterios objetivos para asegurar el interés del menor y
determinar cuando esta fórmula no es viable".
viernes, 29 de noviembre de 2013
viernes, 22 de noviembre de 2013
jueves, 7 de noviembre de 2013
LA IZDA VASCA Y LA CUSTODIA COMPARTIDA
LA IZDA VASCA Y LA CUSTODIA COMPARTIDA
En 2003 la socialista Segolane
Royal con el doble objetivo de defender el derecho del/la menor a relacionarse
con su padre y madres después del divorcio y fomentar la corresponsabilidad e
igualdad parental promovería la ley francesa de corresponsabilidad parental en la que 3 son los ejes:la custodia
compartida alterna como norma,la obligatoriedad de ir a conocer lo que es la
mediación familiar y la liquidación del hogar conyugal en caso de desacuerdo.
Posteriormente en 2010,reconociendo
el fracaso de la ley Zapatero,el Gobierno socialista catalán de
Montilla,aprobaría tambien un código civil propio reconociendo la custodia
compartida como norma siempre que no fuera contraria al interés del/la
menor.Así mismo el Gobierno socialista aragonés,presidido por Marcelino
Iglesias en 2010 promulgaría la ley de custodia compartida como norma
preferente.
En 2011,a propuesta de Izquierda
Unida,el Parlamento Navarro debatiría una propuesta de ley de custodia
compartida como norma preferente.Propuesta que fue defendida por Nafarroa
Bai,que integraba a Aralar,Batzarre,EA y PNV.
En 2010 y 2011 se presentaron
mociones a favor de la custodia compartida como norma preferente en las Juntas
Generales,en los 3 Ayuntamientos más importantes y en el pleno del Parlamento
Vasco.
En todas las Instituciones en que
estaban representados votaron a favor EA,ARALAR,ALTERNATIBA y ANV.
El PSE votó a favor en unas
Instituciones,en otras se abstuvo y en el Parlamento Vasco votó en contra de la
custodia compartida como norma preferente y se abstuvo en la admisión a trámite
de la ley.
Después de las elecciones el
grupo Parlamentario EHBIDULDU manifestó que iba a votar en contra a esta
ley,pese a que el tema no se había debatido en las bases y la contradicción
ideológica que plantea a partidos como EA,ARALAR y ALTERNATIBA que hasta el
momento habían votado a favor de la custodia compartida preferente.
El grupo parlamentario PSE manifestó que su voto era contrario
simplemente porque la ley tal como está no necesita modificación.
La primera reflexión que nos
hacemos es cómo puede haber estas incoherencias ideológicas dentro de los
partidos,¿Los que ayer apoyaban hoy no lo hacen por intereses de
poder,subordinando los intereses de la sociedad a los suyos propios?.¿Cómo se
puede entender que un PSOE,partido de ámbito estatal,apoye la custodia
compartida en unas CCAA y en Euskadi no?¿Cómo es posible que una ley que para
la sociedad francesa de 2003 era progresista y basada en la igualdad no sea
válida para la sociedad vasca de 2013?La sociedad vasca ha ido avanzando en
igualdad y en la defensa de los derechos del la menor,quizá los que no han
evolucionado o han sufrido una involución son diferentes grupos políticos.¿Si
la custodia compartida era una bandera de la izda como puede ser que que ahora
sea la derecha quien la defienda y la izda quien esté en contra?
La respuesta objetiva es clara
EHBILDU ha subordinado sus principios ideológicos basados en la consulta
popular,desarrollo del autogobierno y equiparación legislativa de Euskalherria
a las posiciones de un grupo feminista minoritario y radical que,mezclando
churras con merinas,subordina los derechos del menor,a los de la mujer.Y el
PSE,a falta de un debate serio y participativo ,es un nido de grillos,donde en
unas CCAA se dicen una cosa,en otras otra.Situación que se ha repetido en las
Instituciones vascas.Todo ello dependiendo también del poder del lobby
feminista radical.
Lo más preocupante de todo es su
incapacidad para aceptar ni un solo punto o coma de nuestros planteamientos,sin
argumentos concretos que los contradigan.El dogmatismo por el dogmatismo.
Aún más,tal es el miedo al debate
interno y sus resultados,que algun partido ha remitido a sus asambleas un
documento de KIDETZA de 2007,que por supuesto nada dice de la custodia
compartida,otro ningún tipo de información salvo la opinión de algún
dirigente,en otros casos información tergiversada y manipulada del proyecto de
ley y de la opinión de la asociación,pero en todos los casos han enviado
información de grupos de abogados contrarios a la custodia compartida por
razones obvias,económicas,ya que si baja la contenciosidad bajan los ingresos
económicos. Las bases del PSOE no lo han debatido.
El planteamiento coincidente de
estos grupos políticos es coincidente en afirmar que no es necesaria una ley
vasca de custodia compartida pues la actual ley Zapatero ya la recoge,así como
una oposición frontal a la custodia compartida preferente por ser según ellos
impuesta.
La actual ley del del divorcio
reconoce la custodia compartida solo en caso de mutuo acuerdo,dandole el
carácter excepcional en situaciones contenciosas,es decir en el 42% de los
casos y posibilitando el derecho de veto de la mujer.Es por ello el bajo
porcentaje de custodias en el País Vasco(301 en 2012) frente a las 2793 de
Cataluña y 1296 en Valencia que si tienen ley autonómica.
Las estadísticas solo nos
muestran las concesiones de custodias compartidas pero no las peticiones,dato
que nos indicaría la urgente necesidad de modificar una ley pues la realidad de
las personas que se divorcian no es la misma que hace 31 años,cuando se aprobó
la actual ley del divorcio.
Ese carácter de excepcionalidad
ya fue denunciado por el Ararteko al Parlamento Vasco en su informe del
2010,proponiendo que se instara por su modificación reconociendo la custodia
compartida como norma,denuncia que fue ratificada por las 3 Juntas Generales
que instaron al Gobierno de Madrid a que modificara la custodia compartida como
norma preferente.El Fiscal General del País Vasco también se pronunciaría a
favor de esta figuraY recientemente tanto el Tribunal Supremo con dos
sentencias que han creado jurisprudencia,así como el Consejo General del Poder
Judicial y el Fiscal Superior del Estado han remitido sendos informes aconsejando
que la custodia compartida sea la norma salvo cuando no sea beneficiosa para el
menor.
Tambien es una demanda social
registrada en el País Vasco con más de 85000 firmas,lo que confiere a la
propuesta una representatividad de democracia directa que los partidos políticos
no debieran olvidar,máxime cuando ninguno ha llevado este tema en su programa.
Asi mismo es reseñable que una
encuenta realizada en Febrero de 2010 por la empresa DYM market research,el
88,7% de la sociedad vasca se inclinaba por la custodia compartida.
El pretender que la custodia
compartida solo se de en caso de mutuo acuerdo no solo es dejar sin posibilidad
de custodia compartida al 42% de los hijos,sino mantener la posibilidad de veto
y chantaje de una de las partes,así como favorecer la manipulación de los
hijos.Así como ignorar lo que vemos todos los días,que los acuerdos se rompen
de un día para otro.
Afirmar que la custodia
compartida como norma preferente es una custodia impuesta es una
simpleza.Cualquier decisión judicial normalmente es una imposición a una o a
ambas partes.Por esa regla de tres podríamos decir que la custodia monoparental
a la madre es impuesta y por ello perjudicial para el menor.
La custodia compartida como norma
preferente lo que hace es que los intereses de los padres se subordinen a los
de los hijos,eliminando la capacidad de veto o chantaje que una de las partes
venía teniendo,utilizando para ello a los hijos.El juez,en función de unos
criterios objetivos,adoptará la custodia compartida si es beneficiosa para el
menor.
La vivienda es una de las
asignaturas pendientes y la ILP propone compaginar el
derecho del menor a una vivienda digna con ambos progenitores con el derecho de
éstos a tener un hogar digno propio lo antes posible.
En el tema de pensiones
alimenticias se plantea que quien más gane más pague y con el objetivo de hacer
frente al impago de pensiones,la creación de un fondo social para estas
situaciones.
El 29 de Octubre Kidetza
presentará y defenderá el proyecto de ley en la comisión de Justicia del
Parlamento Vasco.Todavía tenemos esperanzas de que por el bienestar de nuestros
hijos y para que el País Vasco tenga una buena ley,como otras CCAA con los
mismos derechos forales,la izquierda vasca sea coherente con su ideología y
prioricen la defensa del interés del menor.
Justo Sáenz Iñiguez
Pte de KIDETZA
EL PAIS VASCO Y LA CUSTODIA COMPARTIDA
EL PAIS VASCO Y LA
CUSTODIA COMPARTIDA
El 29 de Octubre comienza la
tramitación del Proyecto de ley de Custodia Compartida en el Parlamento Vasco
con la defensa del proyecto por parte de KIDETZA.
Un proyecto que
incomprensiblemente cuenta con la oposición del PSOE y de EHBILDU,ya que en
Francia sería la socialista Segolane Royal,quien promovería la ley de custodia
alterna y en el estado español fueron los socialistas catalanes,aragoneses y
navarros. En el País Vasco la custodia compartida preferente fue apoyada en la
mayor parte de las mociones por PSOE,ARALAR,EA , ANV Y ALTERNATIBA,
Incomprensible porque la
alternativa que plantean a esta iniciativa popular es que se mantengan la Los
contenidos de la ley de Zapatero, que los mismos socialistas han cambiado en otras
CCAA y que el propio Gobierno de la nación va a modificar por ser esta una ley
ya obsoleta.
Incoherente porque aquellos
partidos que defienden la consulta popular,el autogobierno o la equiparación
legislativa de los herrialdes de Euskalherria,cuando viene una iniciativa
popular que reune esos requisitos,la rechazan
La ILP vasca de corresponsabilidad
parental es una propuesta de apoyo integral a las personas que se
separan/divorcian con hijos/as y que pretende cumplir varios objetivos
El sistema de representación
política y la confianza de los ciudadanos en la clase política están en
crisis.Que una iniciativa popular que cuenta con el apoyo de más de 85000
firmas salga adelante sería un balón de oxígeno para la democracia
participativa en el País Vasco y para la
confianza de los vascos en nuestros políticos.
La reducción de la contenciosidad
es otro de los objetivos que este proyecto de ley se ha marcado.Desde que se
puso en vigor la actual ley del divorcio en 2005 la contenciosidad en nuestra
CCAA ha subido del 27 % al 38%,teniendo Bizkaia un promedio inclusive superior
estatal(42%).
El objetivo fundamental de esta
propuesta es defender el derecho del menor a relacionarse con ambos
progenitores y hacer cumplir la obligación de éstos de cuidar y mantener a sus
hijos,tal como establece la carta de los Derechos del Menor de la ONU y las
Directrices de la UE.
La propuesta,recogiendo esta
normativa,recoge la custodia compartida como norma siempre que no sea
perjudicial para el menor,tal como también han recogido sendas sentencias del
Tribunal Supremo que crean jurisprudencia de fechas 29 de Abril y 25 de Julio
del 2013,así como los informes preceptivos del Ministerio Fiscal y del Consejo
General del Poder Judicial al anteproyecto de ley estatal de fecha 19 de
Septiembre.
Las posiciones inmovilistas de
EHBILDU y PSOE ponen de manifiesto que los Derechos de los menores no les
interesan nada,sino que los subordinan a los de una de las partes en
conflicto,y por supuesto ignoran las decisiones judiciales o los informes de
las Instituciones.Y no debemos olvidar que aquí en el Pais Vasco tanto el
Fiscal Jefe como el Ararteko que son los responsables institucionales de velar
por los intereses de los menores se han declarado a favor de la custodia
compartida como norma preferente.
En nombre de la igualdad
priorizan la guarda y custodia a favor de la madre,subordinando los derechos de
este a los de la madre.Pero si esto es ya grave,más lo es el poner barreras al
desarrollo personal,laboral y de todo tipo que la guarda monoparental supone para
la propia mujer.Aún más cuando se demuestra en los informes actuales,la pobreza
se ha cebado en las familias monoparentales con hijos, formadas por mujeres
separadas.
El proyecto también pretende que
los derechos y obligaciones para con los menores queden expresa y concretamente
recogidos en un documento que las partes deben aportar con carácter obligatorio
al juez.,el plan de coparentalidad que servirá para que este pueda analizar en
detalle las propuestas y la viabilidad de las mismas,así como exigir su
ejecución.Para favorecer los acuerdos o resolver los conflictos se potencia la
mediación familiar,no se obliga a mediar.
Otra de las asignaturas
pendientes del divorcio es la vivienda. La realidad actual en el País Vasco refleja que en torno al 70% de los
hijos no tienen una vivienda digna donde convivir con el progenitor no
custodio, viviendo en pisos compartidos ,con los abuelos ,campings…Y el niño/a
pasa con este progenitor en torno a 126 días al año.
.Esto no es beneficioso para
el/la menor ni justo para dicho progenitor.De otra parte en el momento de
liquidar el hogar conyugal,el progenitor custodio tiene serios problemas para
acceder a una vivienda con el producto de la venta de la misma.
Por tanto hay que ser
imaginativos y buscar una salida que compagine el derecho del menor a convivir
en un piso digno con ambos progenitores y el derecho de ambos a una vivienda
digna lo antes posible.
Para ello y a falta de acuerdo,o
de sentencia judicial alternando el uso de la vivienda hay que colocar un
límite temporal al uso de la misma por el progenitor más necesitado de 3 años o
más.Y de persistir esa situación de necesidad poder optar a piso de alquiler
social del Gobierno Vasco.
Unido a la economía la ILP
plantea que ambos participen en los gastos del menor en función de sus
ingresos. Es decir que quien más gana, más aporta, así como prevee las
pensiones compensatorias ,para los casos de desequilibrios económicos
importantes producidos por el divorcio,así como la idea de incorporar un fondo
de garantía social para situaciones de impagos de pensiones.
Espermos prevalezca el derecho
del menor a un padre y a una madre tambien cuando estos se divorcian
En Donostia a 20 de
Septiembre del 2013
Justo Sáenz
miércoles, 6 de noviembre de 2013
jueves, 25 de julio de 2013
DEMOCRACIA EN ESTADO DE SHOCK
Tribuna Abierta
Democracia en estado de shock
por Justo Saenz Iñiguez
- Jueves, 25 de Julio de 2013 - Actualizado a las 06:25h
-
los últimos años del
franquismo y el periodo de la transición fueron una etapa ilusionante y
participativa con el objetivo de conseguir un estado democrático y
social.
Ilusionante y participativa porque se realizó con el debate y
participación real de todos los grupos sociales y políticos que supieron
dialogar y llegar a acuerdos en beneficio de toda la sociedad y por
encima de intereses partidarios.
Con el objetivo de conseguir un Estado social porque se
recogieron los derechos básicos de la persona como pueden ser el derecho
al trabajo, a una vivienda digna, a la igualdad, a la educación, a la
sanidad…
Un Estado democrático basado en la separación de poderes y un
sistema institucional y representativo basado en la voluntad de los
ciudadanos, diseñado con el objetivo de prestar unos mejores servicios a
éstos, reconocer las nacionalidades y diferencias territoriales.
Hoy España es un proyecto desesperante y con futuro incierto
para una parte importante de los ciudadanos que, además, ven a los
políticos como un problema grave para la sociedad del que no saben cómo
deshacerse y soportan con resignación.
Hoy los ciudadanos no tienen ningún cauce efectivo de
participación. La prueba la tenemos en la ILP contra los desahucios, que
a pesar de contar con 1.500.000 votos con firma, ha sido tirada a la
papelera. O la ILP de custodia compartida en Euskadi que, a pesar de
tener el apoyo de más de 85.000 firmas, las instituciones forales, los
ayuntamientos más importantes de Euskadi, el Parlamento Vasco, el fiscal
jefe y el Ararteko, está teniendo todo tipo de trabas posibles por
parte de dos partidos políticos de izquierdas, que sin hacer caso a la
voluntad popular ni a la de sus bases, ni negociar absolutamente nada
con los proponentes, ya tienen tomada la decisión política de votar en
contra. Con el agravante de que estos partidos han votado a favor de la
custodia compartida como norma preferente en otras comunidades autónomas
y Juntas Generales o ayuntamientos en un caso, y en la CAV y Navarra en
otro.
Es decir, por encima del interés de los menores o de la
sociedad, se superponen los intereses políticos puntuales de estos
partidos. La participación pues se limita a votar a unos partidos que
después, o incumplen su programa o son incapaces de llegar a acuerdos
entre ellos para sacar adelante el país. Y, en cualquier caso, las
demandas de los ciudadanos o la democracia participativa es algo que a
algunos les molesta. Y como ejemplo palmario el veto del Parlamento
Vasco a que Kidetza presentara y defendiera la ILP, pese a que el
reglamento así lo recoge.
Los derechos sociales básicos recogidos en la Constitución,
como el derecho a una vivienda digna, al trabajo, educación, sanidad...
son papel mojado.
El modelo institucional del Estado de las autonomías ha
fracasado para convertirse en muchos casos en un reino de taifas, o en
nichos de clientelismos políticos que se manifiestan un día sí y otro
también con casos de corrupción.
El sistema de representación actual ha servido para que
algunos partidos se conviertan en grandes empresas donde colocar a su
clientela a costa del erario público y utilicen las instituciones a
veces de forma legal y otra menos transparente para financiarse.
De otra parte, la separación de poderes es una ficción, con
una justicia que el ciudadano percibe que está al servicio del gobierno
de turno y favorece a las clases altas.
La separación de poderes es una ficción, con una justicia que el ciudadano percibe que está al servicio del gobierno
Es urgente profundizar en los sistemas de participación política de la sociedad y en los mecanismos de control social
Es urgente profundizar en los sistemas de participación política de la sociedad y en los mecanismos de control social
Para poner la guinda tenemos una jefatura del Estado salpicada
por escándalos y que ya es puesta en tela de juicio por la clase
política y la sociedad.
Este es un diagnóstico bastante real de la democracia actual
en España, compartido por la mayor parte de los ciudadanos y que los
políticos se niegan a reconocer públicamente, porque demuestra una
situación de shock de nuestro sistema democrático.
Pero esto si tiene salida y pasa por volver al espíritu de la
transición, para hacer una reforma profunda de la Constitución con la
colaboración de todas las fuerzas políticas y movimientos sociales en
igualdad de condiciones y sin exclusiones.
Reforma que pasa por estructurar España en un Estado federal
solidario, eliminando aquellas instituciones que duplican competencias o
son innecesarias, así como redimensionando las existentes a la realidad
actual y a las necesidades de la sociedad.
Cambio que debe contemplar una reforma profunda de la ley electoral y de la participación de la sociedad en la política.
Una ley que contemple que cada voto vale lo mismo y por tanto
no prime el bipartidismo. Una ley en la que se introduzcan las listas
abiertas, un proceso de primarias para elegir los candidatos y una
limitación en los mandatos.
Un desarrollo legal que equipare en derechos y obligaciones a
la clase política con el resto de los ciudadanos y regule de forma
clara, transparente y razonable su salario y la financiación de los
partidos políticos.
Es urgente profundizar en los sistemas de participación
política de la sociedad y en los mecanismos de control social a la
actividad política.
Se debe modificar la ley de ILP contemplando la posibilidad de
que las iniciativas legales populares puedan ser defendidas en igualdad
de condiciones que las presentadas por el Gobierno o los grupos
parlamentarios porque tienen como mínimo la misma legitimidad
democrática. Es por ello que se debe incorporar la figura del escaño o
escaños de carácter transitorio que permitan defender los proyectos de
ley ILP a los proponentes.
Un proyecto que tenga como eje fundamental el reconocimiento y
defensa de los derechos sociales y políticos de los ciudadanos, así
como el ejercicio de la política como una función social al servicio de
dicho objetivo.
Euskadi tiene competencias para iniciar parte de este
proyecto. El Parlamento Vasco puede aprobar el proyecto de ley por
iniciativa popular de custodia compartida presentado por Kidetza,
favoreciendo la participación de la entidad proponente en su
tramitación. Puede modificar la ley vasca de ILP creando el escaño 76
para estos casos y puede modificar la ley electoral vasca reconociendo
las lista abiertas, la limitación de mandatos y las primarias. Todo es
cuestión de ser conscientes de la realidad sociopolítica y de voluntad
real de profundizar en democracia.
* Presidente de Kidetza
viernes, 19 de julio de 2013
sábado, 13 de julio de 2013
domingo, 7 de julio de 2013
ACLARANDO DUDAS
Colaboración
Aclarando cosas
por Justo Sáenz Iñiguez, * Coordinador de KIDETZA
- Domingo, 7 de Julio de 2013 - Actualizado a las 06:24h
A YER apareció una carta en su periódico sobre custodia compartida, a la que nos gustaría añadir y matizar algunas cosas.
La primera es la afirmación que hace Marije Fullaondo de que,
según los datos del INE, sólo el 9% de los hombres pide la custodia
compartida. Es una afirmación falsa. Lamentablemente, ni el INE ni el
Consejo General del Poder Judicial recogen los datos de las personas que
solicitan la custodia compartida. De recoger ese dato, se vería que ese
porcentaje es muchísimo mayor. Ese dato del 9% se acerca al porcentaje
de custodias compartidas concedidas con una ley que considera la
custodia compartida como algo excepcional.
En segundo lugar, se afirmaba que en Sortu se iba a tratar el
tema en septiembre, cuando la decisión del grupo parlamentario de
EH-Bildu ya está tomada. Van a votar en contra, tal como aparece en el
documento que ha llegado a nuestro poder.
En tercer lugar, aparece la afirmación de que la Iniciativa
Legislativa Popular recoge la custodia compartida como modelo
preferente, que es una custodia automática e impuesta. La verdad es que
es una pena que no se lean las propuestas y se hable sin saber. La
propuesta recoge con claridad meridiana que se podrá conceder a petición
de parte y siempre que no sea perjudicial para el menor, siguiendo la
doctrina del Tribunal Supremo.
Más del 65% de las 85.000 firmas en apoyo a la iniciativa legislativa de la custodia compartida son mujeres
La Ley Vasca debe reflejar los intereses de los menores, no las miserias y luchas de las personas que se divorcian
La Ley Vasca debe reflejar los intereses de los menores, no las miserias y luchas de las personas que se divorcian
Hace unos días tuvimos una reunión con un representante de un
grupo político que estaba en contra de la ILP solo porque la persona
interlocutora había tenido una experiencia personal en el divorcio poco
agradable pero desconocía al completo el contenido de la propuesta de
ley. ¡De alucine, pero cierto! Se hablaba de que hay un trasfondo de
querer dejar de pagar pensiones y esto es una falsedad inadmisible ya
que la propuesta deja meridianamente claro que cada uno aporta teniendo
en cuenta las necesidades de los menores y quien más gana paga más.
Se habla de que la ILP lo que quiere es quitar a la mujer el
uso de la vivienda, cuando lo que el proyecto de ley se preocupa es del
interés del menor, que no sea utilizado por una de las partes para
conseguir el uso del hogar conyugal, viva en un hogar digno tanto con
su madre y con su padre y las partes tengan una autonomía económica lo
antes posible.
Hoy se adjudica el uso de la vivienda a la madre como norma
hasta que el hijo hija se independiza económicamente, es decir, hasta
que tiene unos 28 años o más. O lo que es lo mismo, una hombre que se
separa con 40 años y un hijo de 8 años, que es lo normal, puede comenzar
el proceso de liquidación cuando tiene 60 años y hacerse efectiva la
misma, tal como está el mercado, a los 63 o 64 años.
Paralelamente, este hombre tiene a sus hijos e hijas consigo
un promedio de 126 días al año pero ¿en donde?, ¿en casa de los
abuelos?, ¿en piso compartido?, ¿en un camping? Pero, ¿qué pasa con
esta mujer cuando liquida a sus cincuenta y pico años? Pues que con el
dinero que recibe no puede meterse en una vivienda digna ni tiene
derecho a ayudas sociales.
Esta propuesta de ley le da la opción de poder tener una
vivienda digna lo antes posible, dado que su hijo o su hija así lo
necesita.
¿Y quién se viene preocupando del interés del menor? No los
que están en contra de la ILP que pretenden que todo continúe igual, en
la pretensión de defender los intereses de las mujeres (defendiendo un
concepto machista de dedicación al cuidado de los hijos e hijas,
dependencia económica de por vida del ex y subordinación de su promoción
laboral al cuidado familia). Por cierto, que más del 65% de los y las
85.000 firmantes en apoyo a la ILP de custodia compartida eran mujeres.
¿A qué grupo de mujeres representan estas opiniones? En cualquier caso,
la Ley Vasca de Custodia Compartida debe reflejar sobre todo los
intereses de los menores, no las miserias y las luchas de las personas
que se divorcian.
sábado, 6 de julio de 2013
ARGUMENTOS TENDENCIOSOS CONTRA LA CUSTODIA COMPARTIDA
Tribuna Abierta
Falsedades tendenciosas en contra de la custodia compartida
* Padre sin custodia compartida, solicitada y denegada por la legislación actual, por MAOLO RODRIGUEZ
- Sábado, 6 de Julio de 2013 - Actualizado a las 06:24h
Estos últimos días estamos asistiendo
a un debate mediático (entre la militancia de la izquierda abertzale)
en torno a la custodia compartida como norma preferente, con posturas
favorables -amplia mayoría- y alguna voz que cuestiona la validez de esa
opción como solución a la injusta Ley actual que deja, de facto y de un
día para otro, huérfanos de padres a un gran número de niños y niñas.
Este debate tendría que aclarar las dudas razonables de aquellas
personas para que, a falta de información directa y veraz sobre el tema,
las opiniones expresadas tanto en un sentido como en otro, le aporten
la información suficiente para tener conocimiento pleno y una posición
más o menos clara en torno a una cuestión en la que mañana puede ser el
desgraciado o la desgraciada en sufrir y padecer lo dramático de una
separación o divorcio con menores de por medio. Hace unos días, Marije
Fullaondo nos hablaba de unas estadísticas y cifras y dejaba entrever su
postura negativa a la custodia compartida como norma preferente -nunca
impuesta ni obligatoria, cosa que hemos dicho ya por activa y por
pasiva-. Nos avanzaba que en Sortu se iba a analizar y debatir el tema
en septiembre. Un síntoma de que el debate empieza mal es que este tema
se considere un problema exclusivo de la mujer, cuando en realidad es
un problema de calado social que afecta no solo a madres, sino a
menores, padres, familias extensas materna y paterna, etc. Los datos en
los que basa su principal argumento para posicionarte en contra de la
custodia compartida como norma preferente vienen a ser una lectura
interesada y sesgada, según interesa trasmitirlos Nos dice Marije
Fullaondo, que solo el 9% de los hombres solicita en los juzgados la
custodia compartida, según datos del Instituto Nacional de Estadística.
Suponiendo que este dato sea verídico, habrá que hacerse otra pregunta:
¿Qué es lo que lleva a que no se pidan mas custodias compartidas? La
respuesta es fácil, Marije, solo hay que leerse los apartados 5, 6, 7, 8
del artículo 92, capitulo IX del Código Civil en el cual vienen
explicitados los requisitos para que se conceda la custodia compartida.
En resumen, 1º- que los progenitores estén capacitados para el cuidado
del menor y sea siempre en beneficio del menor; 2º- que la petición de
custodia compartida sea solicitada por ambos progenitores de mutuo
acuerdo; 3º- informe favorable vinculante por parte del Ministerio
público, a falta de acuerdo de los progenitores (este último punto
recientemente declarado nulo por el Constitucional y causante, según
recoge el alto tribunal, de numerosos agravios hacia los padres en
procesos de separación o divorcio).
Como vemos, el segundo punto exige que, para que sea concedida
la custodia compartida, los progenitores lo soliciten de mutuo acuerdo.
Blanco y en botella… leche. Si una de las partes muestra su
disconformidad la custodia automáticamente será monoparental y en eso
sí coincidimos, Marije: en el 93% de estos casos, se la conceden a la
madre, sin argumentar la sentencia. Por lo tanto, existe poder de veto,
de quien sabe que tiene la sartén por el mango. ¿Quién se puede permitir
el lujo de gastar 3.000 euros en un proceso judicial en el que sabe de
antemano que tiene un 2% de posibilidades de conseguir lo que pide? Pues
el 9% de padres al que te refieres. Aquí tienes la respuesta.
Nos dices que con la ley actual es posible acceder a la
custodia compartida. Una mentira repetida mil veces no la hace realidad,
Marije. En el párrafo anterior queda claro que no y por qué. Mientras
exista el poder de veto por parte de uno de los progenitores, como
ocurre en la legislación actual, no habrá posibilidad nunca. Muchos
padres optan a acuerdos con la otra parte y aceptan bajo chantaje condiciones mejores
que las que se hubiesen conseguido en el juzgado, obligados por la
maltrecha economía que deja a las partes una ruptura. Estos datos no
aparecen en ninguna estadística, no los busques, pero pregunta por ahí…
Das por hecho que si uno de los progenitores no la solicita se le va a
obligar e imponer la custodia compartida: seamos más serios. Si un
progenitor no lo solicita, la custodia la ejercerá el otro o la otra.
Sentido común.
Otro de los argumentos que esgrimes es que nos queda mucho por
hacer en el camino de la igualdad. Por supuesto que sí, nadie lo pone
en duda. Pero eso no exime que esto sea un paso más en ello; aunque
quede mucho por hacer, eso no puede ser una excusa ni argumento
concluyente. Nuestra solidaridad política histórica con movimientos como
el zapatista, Hamas o el pueblo iraquí, de reconocidas sociedades
machistas, no nos ha impedido solidarizarnos con su lucha, ¿verdad?
¡Hasta con el pueblo irlandés cuando su posición en contra del aborto y
el divorcio eran banderas de los católicos frente a los protestantes,
nuestra alianza era clara! Y también allí quedaba mucho por hacer, pero
eso no era obstáculo alguno para la "buena sintonía y misma lucha" que
existe entre nuestros pueblos. Mencionas la precariedad de la mujer en
el ámbito laboral y social. Estoy totalmente de acuerdo. En este
sentido, tenemos y debemos exigir el cumplimiento de la Ley para la
Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. Y todos y todas practicarlo,
pero igualdad, no discriminación positiva solamente. El artículo 14 de
la Constitución proclama el derecho a la igualdad y a la no
discriminación en cualquier ámbito por razón de sexo. Por su parte, el
artículo 9.2 consagra la obligación de los poderes públicos de promover
las condiciones para que la igualdad del individuo y de los grupos en
los que se integra sean reales y efectivas. Además, afirmas que un alto
porcentaje de reducción de jornada para cuidado de menores corresponde a
las mujeres. Totalmente de acuerdo, pero con un matiz. ¿No será
problema de quien permite, tanto en el ámbito privado como en el
público, que se den estas discriminaciones salariales hacia las mujeres
las que nos llevan a esa situación? ¿No tienen responsabilidad los
sindicatos y administraciones públicas, cada uno en su ámbito, en
mantener estas actitudes discriminatorias? Y en esa discriminación
salarial, ¿no son responsables directas también las mujeres que forman
parte del poder legislativo, judicial, sector público y ámbito privado, y
sobre todo, del mundo de la política?
Sinceramente, y teniendo en cuenta lo anterior, a la hora de
optar por quien reduce la jornada laboral en la pareja, prevalecen los
ingresos que vayan a entrar en esa vivienda -por triste que sea- frente a
la discriminación estructural en materia salarial de las mujeres. Cruda
realidad frente a ideales. Nos dices también que no se puede separar el
tema de la vivienda y la liquidación de bienes y dejas caer que detrás
de todo esto subsiste el único interés por parte del hombre de sacar beneficio de la ruptura sentimental. ¿No crees que es aventurarse demasiado con este tipo de afirmaciones?
Hay quien, por ejemplo, dentro de la izquierda abertzale
afirma que la posición y defensa numantina que hacéis en contra de la
custodia compartida es porque afecta muy directamente a una persona muy
importante del Grupo Parlamentario EH Bildu… Qué ocurrencias, verdad? A
lo que iba, por ley, a día de hoy, la vivienda se adjudica a la
persona que va a ejercer la custodia del menor (93% mujeres) quedándose
el otro progenitor sin hijos ni hijas, sin casa y asumiendo los gastos
que conlleve dicha vivienda (hipoteca, arreglos… etc.), además de la
pensión alimenticia a los menores y -con suerte- el pago de un alquiler
para poder estar con sus hijos en un lugar digno donde poder convivir
con ellos. Llegando a darse situaciones verdaderamente sangrantes.
Aunque esto sucede hasta que el menor cumpla la mayoría de edad, porque a
partir de ahí, cuando eso ocurra, la otra parte, la que tuvo que salir
de ese hogar, va a reclamar su parte y lo que se podía haber resuelto
años atrás volverá a ser un problema presente. Y entonces no habrá
menores para que sean utilizados por ninguna de las partes, ni
sentencias judiciales que otorguen ni concedan el derecho y uso de esa
vivienda por mucho que lleve en ella toda una vida. 15, 18 o 20 años
después, habrá conflicto todavía. Por eso considero que cuanto antes se
solucione el problema de la vivienda y los bienes, antes se cerrarán
las heridas que se abren tras una ruptura sentimental.
Permíteme una cosa, Marije: no entiendo -y me he esmerado en
ello , te lo aseguro- eso de que la custodia empieza antes del
nacimiento… ¿y la relación de pareja, cuándo empieza? Creo que hay cosas
que pertenecen al ámbito privado familiar y entrar a juzgar qué es lo
que cada uno hace dentro de su casa es invadir un terreno que yo no
quiero sobrepasar. Me niego a pensar que estés planteando la posibilidad
de regular vía decreto cómo tiene que funcionar cada pareja
dentro de su casa. Cada una o uno de nosotros conocemos a la persona
con la que convivimos -o eso creemos- y es difícil de entender que si se
comparte la vida con un huevazos durante años, no se sea capaz
de poner fin a esa relación, pero más difícil se me hace entender el
siempre recurrente argumento de "no se ha preocupado de los hijos hasta
la ruptura". ¿Cómo se entiende, entonces, que puedas llegar a tener dos,
tres o más hijos o hijas con esa persona? Si sabes que no se preocupa,
ni se ha preocupado para nada con el primero, ¿a qué persona ingenua se
le ocurre traer más al mundo con semejante compañía? No Marije, ese argumento
no cuela en estos tiempos: los hombres/padres, en su gran mayoría, nos
involucramos en el cuidado de nuestros hijos e hijas y en las labores
domesticas. Ha evolucionado el mundo, son diferentes generaciones, pero
algunas no queréis y os da pánico reconocerlo.
Y para terminar, una sola cosa que me llama mucho la atención.
Hacéis -y digo bien, hacéis- hincapié y lo repetís hasta la saciedad
que solo el 9% de los hombres solicitamos la custodia compartida. ¿Desde
cuándo se miden los derechos de las personas según porcentajes? Cuando
hemos defendido los alardes mixtos frente a los tradicionales de Irun y
Hondarribia, ¿hemos mirado a los porcentajes o los derechos? ¿Cómo
pensáis garantizar a ese 9% que pueda acceder a la custodia compartida
si con la ley actual es imposible?
Antes de terminar, un último apunte: en EEUU, según Amnistía
Internacional, existe una población reclusa de 2.290.000 personas y de
estas hay unas 3.300 condenadas a muerte. ¿Sabes el porcentaje? Te lo
digo yo: 0,144%. ¿Dejamos de pedir la abolición de la pena de muerte? Tú
me dirás….
Bidean elkartuko garelakoan, besarkada bat, Marije.
domingo, 23 de junio de 2013
CONCENTRACION EN VITORIA POR LA LEY VASCA DE CUSTODIA COMPARTIDA
SOCIEDAD
|
Iniciativa Legislativa Popular en el Parlamento Vasco
Divorciados piden a la Cámara que no demore más la ley de custodia compartida
- La iniciativa quedó pendiente de tramitación tras la disolución de la Cámara
Efe | Vitoria
Actualizado sábado 22/06/2013 13:04 horas
GASTEIZ. El Parlamento Vasco acordó en junio de 2012 tramitar una
proposición de ley impulsada por Kidetza como Iniciativa Legislativa
Popular (ILP) para reconocer legislativamente la custodia compartida
como modelo preferente y que se proteja a los menores en procesos de
separación.
Sin embargo, la iniciativa quedó pendiente de tramitación tras
la disolución de la Cámara de Vitoria después de las elecciones
autonómicas de octubre.
Posteriormente, en febrero, la actual presidenta del
Parlamento Vasco, Bakartxo Tejeria, se comprometió a reactivar la
tramitación de este proyecto de ley y, según han confirmado hoy a Efe
fuentes de Kidetza, en principio comenzará a debatirse el texto en la
Comisión parlamentaria de Justicia a partir del próximo mes de
septiembre.
Durante una rueda de prensa celebrada hoy en Gasteiz y en una
posterior concentración frente a la sede de la Cámara vasca,
representantes de Kidetza también han reclamado tener presencia estable y
voz en dicha comisión parlamentaria para defender su posición.
En el manifiesto leído frente al Parlamento, Kidetza pide que no haya más dilaciones.
Además, solicita a los partidos que dieron su voto favorable a
esta propuesta durante la anterior legislatura -PNV, PP, UPyD, Aralar y
EA- que mantengan "su coherencia ideológica, su palabra y compromiso"
con la custodia compartida.
Al PSE, que rechazó que la custodia compartida de los hijos
sea la opción "preferente" en caso de divorcio de los padres, Kidetza le
pide que sea coherente "con la ideología del socialismo" en defensa de
la igualdad y le recuerda que socialistas catalanes, navarros y
aragoneses apoyaron leyes de custodia compartida en esas comunidades
autónomas.
Por último, también la Federación se ha dirigido a EH Bildu y
le ha instado a que secunde la propuesta ya que partidos que ahora
integran la coalición abertzale como Aralar o EA la han apoyado
públicamente tanto en el País Vasco como en Navarra.
viernes, 14 de junio de 2013
lunes, 27 de mayo de 2013
ESTADISTICA DE LA VIOLENCIA DE GENERO Y DOMESTICA RECOGIDA POR EL REGISTRO CENTRAL DE JUSTICIA EN 2011
ESTADÍSTICA | Inscritas en el Registro Central de Justicia
32.242 mujeres fueron registradas como víctimas de violencia de género en 2011
- Es la primera estadística de violencia doméstica y de Género del INE
- Se inscriben los procedimientos en la fase de instrucción del proceso penal
- 40.362 personas fueron registradas por violencia de género o doméstica
- De ellas 37.292 eran mujeres y 3.070 hombres
- Por edades, el grupo más amplio es el de mujeres de 30 a 34 años
Europa Press | Madrid
Actualizado lunes 27/05/2013 12:13 horas
Un total de 32.242 mujeres fueron identificadas como víctimas de violencia de género en 2011 e inscritas en el Registro Central que el Ministerio de Justicia tiene para estos fines, una base de datos en la que, además, figuran 7.744 víctimas de violencia doméstica, conforme ha dado a conocer este lunes el Instituto Nacional de Estadística (INE).
Se trata de la Estadística de Violencia Doméstica y Violencia de Género, la primera de su clase, que el INE ha elaborado a partir de los datos del citado Registro Central, donde se inscriben los procedimientos incoados en la fase de instrucción del proceso penal. Aunque la base de datos es de Justicia, es el Instituto Nacional de Estadística quien la explota en virtud de un convenio de colaboración suscrito en 2007.
El registro incluyó en 2011 a 40.362 personas registradas como víctimas de violencia de género -mujeres víctimas de hombres con los que mantenían o habían mantenido una relación sentimental-, o de violencia doméstica -descendientes, ascendientes, cónyuges, hermanos, etc.-, de las que 37.292 eran mujeres y 3.070 hombres.
En materia de violencia machista, la explotación de datos revela que en 32.242 mujeres fueron inscritas aquel año, lo que arroja una tasa de 155,7 víctimas por cada 100.000 mujeres mayores de 14 años en España.
Por edades, más de la mitad (el 50,8%) tenían entre 25 y 39 años, aunque el mayor peso relativo respecto del resto de la sociedad fue el del grupo entre 20 y 24 años de edad con una tasa de 320,3 víctimas por cada 100.000 mujeres. Le sigue el intervalo entre 25 y 29 años (314,8).
Con todo, el grupo más amplio en términos absolutos es el de lasvíctimas de 30 a 34 años de edad, con un total de 5.813. Además, se registraron 571 menores de edad y 1.055 que tenían de 18 a 19 años. Junto a ellas, figuran 975 mayores de 60 años que padecieron estos delitos.
Por lugar de nacimiento de la víctima, las españolas son mayoría y suponen el 64,2% del total, aunque las extranjeras están sobre representadas, y su tasa respecto del conjunto de la sociedad triplica la obtenida por las españolas (381,6 víctimas por cada 100.000 mayores de 14 años frente a 117,1).
Entre las foráneas, el grupo más amplio es de americanas (5.506), seguido del de europeas (3.935). Las africanas sumaron 1.888 y las asiáticas o de Oceanía, 200. No obstante, en términos relativos, las tasas más altas fueron las de los grupos procedentes de África y de América.
En cuanto al lugar de registro, las comunidades autónomas con mayor número de víctimas de violencia de género fueron Andalucía (7.780),Comunidad Valenciana (4.438), Madrid (4.095) y Cataluña (3.552). En términos relativos, Andalucía (214,3 por cada 100.000 mujeres mayores de 14 años), Región de Murcia (211,1) y Comunidad Valenciana (199,3) presentaron las tasas más altas, mientras País Vasco (67,4) y Galicia (105,3) obtuvieron las más bajas.
domingo, 26 de mayo de 2013
CARRERA POR LA CUSTODIA COMPARTIDA Y LA MODIFICACION DE LAS LEYES DE GENERO EN BURRIANA
Burriana: La I Carrera Nacional por la Custodia Compartida y la Modificación de las Leyes de Género congrega a 300 deportistas en Burriana
Burriana acogió en la matinal dominical de ayer la I Carrera Nacional
por la custodia compartida y la modificación de las leyes de género.
Participaron 283 atletas llegados de puntos muy diversos del territorio
nacional como Madrid, Bilbao, Mallorca, Girona, Vitoria, Barcelona,
Valencia y diferentes localidades de la provincia de Castellón.
El recorrido fueron dos vueltas al Paraje Natural Municipal del Clot de la Mare de Déu con un trayecto total de 6 kilómetros. El más rápido fue Manuel Navarro, en hombres, y Lorena Pitarch, en mujeres.
Primero corrieron los más pequeños en una simbólica vuelta por la Torre Vigía y a continuación le llegó el turno al resto de participantes ya con una temperatura ambiental que sin llegar a ser sofocante, sí que obligó a muchos a sudar de lo lindo.
El recorrido fueron dos vueltas al Paraje Natural Municipal del Clot de la Mare de Déu con un trayecto total de 6 kilómetros. El más rápido fue Manuel Navarro, en hombres, y Lorena Pitarch, en mujeres.
Primero corrieron los más pequeños en una simbólica vuelta por la Torre Vigía y a continuación le llegó el turno al resto de participantes ya con una temperatura ambiental que sin llegar a ser sofocante, sí que obligó a muchos a sudar de lo lindo.
DOSSIER EL MUNDO SOBRE LA CUSTODIA COMPARTIDA
DOSSIER EL MUNDO
LINK VIDEO ABAJO
Se allana el camino hacia la custodia compartida. Esta semana, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, contaba en exclusiva a ELMUNDO.ES, que la equiparará por ley a la monoparental. Una filosofía que avalaba el Tribunal Supremo, que también se ha pronunciado en contra de su 'excepcionalidad'.
En 2012, los juzgados españoles registraron más de 127.000 separaciones. Las estadísticas muestran que en el 81% de los casos se concede el cuidado a las madres,
mientras que sólo un 12% de las custodias son compartidas. Y es que,
hasta ahora, sólo se contempla esta fórmula (artículo 92 del Código
Civil) si existe un acuerdo entre los padres o, 'excepcionalmente', si
lo reclama uno de ellos y hay un informe fiscal favorable, algo que, en
la práctica, ataba de manos a los jueces y contra lo que ya se ha
pronunciado el Constitucional.
En este Dossier abordamos en profundidad un tema lleno de matices.
Hablamos con hombres que se sienten privados de su derecho a ser
padres, madres que reclaman que se compense su dedicación a la familia,
abogados, juristas, psicólogos, incluso detectives. Y parejas que, ellos
sí, han sabido encontrar el consenso.
sábado, 25 de mayo de 2013
ENTREVISTA DEL PRESIDENTE DE CUSTODIA PATERNA EN EL PROGRAMA 24 HORAS DE TV2
ENTREVISTA ENTRE EL MINUTO 27 Y LA HORA Y 3 MINUTOS
La noche en 24 horas - 23/05/13
viernes, 24 de mayo de 2013
jueves, 23 de mayo de 2013
LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO CONSIDERANDO LA CUSTODIA COMPARTIDA COMO LO MEJOR PARA EL MENOR
La custodia compartida ´no se considerará excepcional´
El Supremo considera que esta medida será impuesta por un juez pero "fundada" en el interés del menor
EP / MADRID
El Tribunal Supremo considera que el régimen de custodia compartida de los hijos menores de edad en casos de separación o divorcio no se considerará excepcional
y será impuesto por decisión del juez sin necesidad de un informe
fiscal que lo avale, pero en todo caso, deberá estar fundado en el
interés del menor afectado, que no de sus padres.
Así lo dicta la
sala primera del Supremo en una sentencia que fija doctrina en torno a
la interpretación de los apartados 5, 6 y 7 del artículo 92 del Código
Civil, en lo relativo a los presupuestos que han de concurrir y
valorarse para que pueda adoptarse, en interés del menor, el régimen de
guarda y custodia compartida.
En la resolución, recogida por
Europa Press, la sala recuerda que tras la sentencia dictada por el
Tribunal Constitucional en octubre de 2002, la adopción del régimen de
guarda y custodia compartida ya no depende del informe favorable
del fiscal, sino únicamente, de la valoración que merezca al juez la
adecuación de dicha medida al interés del menor.
"Es al juez al que, en el marco
de la controversia existente entre los progenitores, corresponde
valorar si debe o no adoptarse tal medida considerando cuál sea la
situación más beneficiosa para el niño; y si bien se confiere a los
progenitores la facultad de autorregular tal medida y el ministerio
fiscal tiene el deber de velar por la protección de los menores en este
tipo de procesos, sólo a aquel le corresponde la facultad de resolver el
conflicto", dice la sala.
Además, parte de que la guarda y
custodia compartida no es lo excepcional sino debe ser la regla general
siempre que no resulte perjudicial para el menor y dice que así es como
debe interpretarse el Código Civil, pues considera que "el mantenimiento
de la potestad conjunta resulta sin duda la mejor solución para el
menor en cuanto le permite seguir relacionándose establemente con ambos
padres".
En este sentido, señala que la redacción del artículo 92
"no permite concluir que se trate de una medida excepcional, sino que al
contrario, habrá de considerarse normal e incluso deseable,
porque permite que sea efectivo el derecho que los hijos tienen a
relacionarse con ambos progenitores, aun en situaciones de crisis, siempre que ello sea posible y en tanto en cuanto lo sea".
Con
estos puntos de partida, concreta, no obstante, que procederá adoptar
este régimen cuando además de existir una petición por parte de uno de
los progenitores, "concurran criterios tales como la práctica anterior
de los progenitores en sus relaciones con el menor y sus aptitudes
personales; los deseos manifestados por los menores competentes y el
número de hijos".
Asimismo, cita en estos criterios a considerar
"el cumplimiento por parte de los progenitores de sus deberes en
relación con los hijos y el respeto mutuo en sus relaciones personales;
el resultado de los informes exigidos legalmente, y, en definitiva,
cualquier otro que permita a los menores una vida adecuada, aunque en la
práctica pueda ser más compleja que la que se lleva a cabo cuando los
progenitores conviven".
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Seijas Quintana,
responde a un recurso de casación planteado contra resolución de la
Audiencia Provincial de Alicante, que negó fijar un régimen de custodia
compartida en un caso de conflicto tras un divorcio y argumentó, entre
otras razones, como la "menor estabilidad" que supone para los hijos,
que según el Código Civil sólo se acordaría dicha modalidad
"excepcionalmente y con informe favorable del ministerio fiscal" si no
había acuerdo en los progenitores.
La sala se pronuncia sobre esta
interpretación del Código Civil y además, manifiesta su desacuerdo con
el resto de la argumentación de la Audiencia Provincial, porque no hace
referencia al menor, que deber ser el centro del caso. "Se destacan las
virtudes de cada progenitor en orden a su capacidad y voluntad de
ejercer una paternidad/maternidad responsable, olvidando que lo que ha
de primar es aquel sistema que en el caso concreto se adapte mejor al
menor y a su interés, no al interés de sus progenitores", explica la
sentencia.
Además, considera que la Audiencia expresa "una
posición inicialmente contraria" a la custodia compartida al plantear
"como problemas" lo que a juicio del Supremo "son virtudes de este
régimen", como "la exigencia de un alto grado de dedicación por
parte de los padres y la necesidad de una gran disposición de éstos a
colaborar en su ejecución" que requiere.
Sin embargo, mantiene que
no procede en este caso la custodia compartida "aunque por razones
distintas" a las esgrimidad en la Audiencia Provincial: en este caso
ninguno de los progenitores solicitó este régimen y no concurre "ninguno
de los requisitos" anteriormente citados, que considera imprescincibles
para que sea apropiado adoptar este sistema.
EL MINISTRO DE JUSTICIA EQUIPARA CUSTODIA COMPARTIDA CON MONOPARENTAL
el ministro Gallardon en una entrevista
al diario "El Mundo" manifiesta que su gabinete está preparando un
proyecto de modificación de la ley del divorcio,consensuado y que
contempla la custodia compartida equiparada a la monoparental,dejando
toda la decisión en manos del juez.Es decir tal como está ahora.
El tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia en la que afirma que
la norma en los divorcios debe ser la custodia compartida salvo cuando
no sea lo mejor para el mejor.
La Confederación acaba de solicitar reunión con él.
Adjuntamos link
NOTA DE PRENSA DE LA CONFEDERACION ANTE LAS DECLARACIONES DEL MINISTRO DE JUSTICIA
NOTA DE PRENSA
Ayer el Ministro de Justicia
S.Ruiz Gallardón hacía unas declaraciones afirmando que estaba ultimando el
anteproyecto de ley estatal de modificación del divorcio,proyecto que
previamente iba a consultar con CCAA,Ministerio de Sanidad y organizaciones
representativas de las madres y padres divorciados.
Así mismo matizaba que el
proyecto del Gobierno se basaba en proteger el interés del menor y por ello no
iba a recoger la custodia compartida como norma preferente por suponer este
sistema la custodia compartida automática y obligatoria.Tambien afirmaba que
los paises de nuestro entorno europeo tenían en vigor legislaciones similares a
las que su Ministerio iba a proponer:"dejar toda la decisión en manos del
juez que es el que está más capacitado para interpretar lo que es mejor para el
menor".
Ante estas manifestaciones la Confederación de
Asociaciones de Madres y Padres Divorciados-Conpapaymama- quiere hacer las
siguientes consideraciones:
1º-Nos congratulamos de que el Ministro afirme que va a presentar un
proyecto de ley en breve y que este va a ser consultado y consensuado.
Hasta ahora el Ministro una y
otra vez ha incumplido su palabra dada en sede parlamentaria y es un proyecto
que se lleva en el mayor de los secretos.Por tanto le tomamos la palabra y esta
misma semana vamos a pedir cita para que nos los explique y podamos aportar
nuestras propuestas.
2º-La custodia compartida como modelo preferente no es custodia
compartida impuesta ni obligatoria
La custodia compartida como
modelo preferente parte del principio de respetar el interés supremo del menor
y subordinar los intereses de los padres a los de los hijos.Por todo ello debe
ser pedida por una o ambas partes,se impide el veto de cualquiera a la misma y
el juez,en base a unos criterios objetivos ,la adjudicará siempre que no sea
contraria al interés del menor.
3º-Una ley que iguale a todos los ciudadanos españoles ante la ley
El modelo propuesto por el
MInistro discrimina a los ciudadanos en función de que C.Autónoma vivan.Así
Aragón,Valencia tienen legislación que reconocen la custodia compartida como
norma y Euskadi y Murcia tienen en sus respectivos Parlamentos proyectos de ley
de custodia compartida como norma preferente,apoyados o presentados por el PP.
4º-Una ley democrática, que respete la opinión ciudadana e
Institucional
·
321 Ayuntamientos,8 Diputaciones provinciales,2
Parlamentos Autonómicos,más de 250000 españoles/as con sus firmas han
solicitado al Gobierno de España que regule una ley de custodia compartida como
modelo preferente.
·
El Congreso de los Diputados,en acuerdo de Junio
del año pasado,por mayoría absoluta,instó al Gobierno a que presentara un
proyecto de ley contemplando la custodia compartida como norma preferente y que
respetara las competencias de las CCAA.
·
Mas del 75% de la población esta a favor de la
custodia compartida como modelo preferente.
5-Que el Ministro sea coherente con lo que defendió y aprobo siendo
alcalde de Madrid el 3/Octubre de 2010
Siendo alcalde de Madrid,el 3 de
Octubre del 2010 presentó,defendió y aprobó una moción a favor de regular la
custodia compartida como modelo preferente.
6-Que la nueva ley del divorcio se adecue a las sentencias judiciales
para no quedar obsoleta antes de ser aprobada
Una y otra vez van apareciendo
sentencias de las audiencias provinciales que contemplan la custodia compartida
como el mejor modelo para los menores en caso de divorcio en situaciones
contenciosas,ya que las de mutuo acuerdo no van al juzgado.
El 29/4/2013 el Tribunal Supremo acaba de emitir sentencia que crea
jurisprudencia,afirmando que la mejor fórmula para el menor es la custodia
compartida y que salvo excepciones que sea perjudicial,esta debe ser la norma.Por tanto esta sentencia establece con
claridad que el modelo de custodia debe ser preferente o como norma.La
monoparental debe ser la excepción
7º-Partiendo del criterio de prioridad
o norma de la custodia compartida,al juez hay que darle criterios
objetivos para asegurar el interés del menor y determinar cuando esta fórmula
no es viable .
No se puede dejar a la
discrecionalidad y/o ideología de cada juez un tema tan delicado y
subjetivo.Por ese motivo un mismo caso en Barcelona tiene custodia compartida y
en Andalucía no.
8-Debemos converger con Europa y la mayor parte de los paises
contemplan la custodia compartida como norma preferente o norma general.
En Madrid a 23 de
Mayo del 2013
Justo Sáenz
Iñiguez.Coordinador
martes, 21 de mayo de 2013
lunes, 20 de mayo de 2013
jueves, 2 de mayo de 2013
sábado, 27 de abril de 2013
miércoles, 20 de marzo de 2013
IGUALDAD Y CUSTODIA COMPARTIDA
Àssun
Pérez Aicart, coordinadora de la Plataforma Feminista por la Custodia
Compartida y María Sanahuja, juez decana de Barcelona, reflexionan
sobre el tema en un artículo publicado en el Mundo (edición Catalunya)
La
Ley de Divorcio de 2005 deja en manos de una parte la decisión de
permitir a la otra participar en igualdad de condiciones en la crianza
de los hijos comunes. Esto significa que hay una parte a la que el
sistema reconoce el derecho de ser a la vez Juez y parte. Lógicamente
este derecho de veto es tal porque la parte a la que le interesa que el
Juez deniegue la custodia compartida suele ser la que se sabe
´ganadora´ de antemano, la que sabe que obtendrá la custodia en
exclusiva por una razón de ´género´.
En
este punto es donde aparece, en relación con la custodia compartida,
la cuestión feminista de una manera totalmente desenfocada. Parece
claro que durante la tramitación de la Ley de Divorcio de 2005 ciertos
grupos de Presión, arrogándose la supuesta y exclusiva representación
del sujeto colectivo ´mujer´, intervinieron en el debate con el claro
propósito de impedir que las Cortes aprobaran una norma generosa con la
custodia compartida (tal y como sí se había hecho en otros países de
nuestro entorno). El resultado fue el que tenemos: una norma con muchos
errores, tanto desde el punto de vista jurídico y del Derecho, como
desde el punto de vista sociológico y político.
Sin
embargo, ha habido voces que, desde ´otro´ feminismo, han expresado en
tiempos recientes profundas discrepancias con los rígidos
planteamientos de dichos grupos de presión oficiosamente feministas. En
lo que se refiere a la custodia compartida nos parece que ha llegado
el momento de renovar un debate demasiado lastrado por inercias y
estereotipos tan poco racionales como engañosos. Este es nuestro
propósito, enfocar el tema de la custodia compartida, y su defensa,
desde una óptica feminista.
Lo
que el modelo de la custodia compartida (o coparentalidad) propugna
coincide con la vieja aspiración feminista: la participación igualitaria
y equilibrada de ambos progenitores en la crianza de los hijos; esto
es, la corresponsabilización de hombres y mujeres en la educación
integral y en los cuidados primarios de los menores, algo que el modelo
patriarcal precisamente establecía como un rol específicamente
femenino y que, por tanto, quedaba vedado a los varones. Esto quiere
decir que la filosofía de la custodia compartida es complementaria de
lo que el feminismo auténtico pretendía: la liberación de la mujer de
su destino supuestamente insoslayable, la maternidad, entendida como
necesidad y diferencia natural en la que se cumpliría la única razón de
ser y el sentido de la vida de toda mujer.
Creemos
firmemente que las feministas tenemos en este momento una gran
responsabilidad en la transmisión del espíritu liberador del feminismo. A
menudo se difunde en el entorno mediático la idea falaz de que el
feminismo lucha (o debe luchar) a favor de los intereses de las mujeres.
Creemos que esto no es así. Si el feminismo como movimiento teórico ha
revisado las categorías del género (qué es ´hombre´ y qué es ´mujer´) y
ha puesto el acento en su carácter cultural (y construido) para
desmontarlas, no podemos reducir las expectativas de dicho movimiento a
la sola obtención del poder por parte de las mujeres. La liberación de
la mujer pasa necesariamente por la liberación masculina, una no es
posible sin la otra. Las normas de género, los roles cuya transformación
hay que fomentar, afectan tanto a mujeres como a varones, y muchos de
ellos los sufren, de un modo u otro, como limitaciones arbitrarias al
desarrollo de su propia libertad y el crecimiento y sostén de su propia
dignidad personal.
En
lo que toca a la custodia compartida, es inaceptable, desde esta
óptica feminista, hacer depender su aplicación como regla, tal y como
ocurre en la práctica en la actualidad, de la sola decisión o
autorización de la mujer. Flaco favor se nos hace si seguimos
concibiendo la crianza como un territorio preferentemente femenino por
naturaleza. Si no facilitamos desde las instituciones la incorporación
del varón a las funciones tradicionalmente femeninas ¿qué política de
género estamos haciendo? ¿qué tipo de transformación social es la que
estamos promoviendo? Las reglas de juego actuales no están resolviendo
los problemas ni están dando respuesta a las aspiraciones vitales de
muchos ciudadanos, no sólo varones, también muchas mujeres, que se ven
así arrastradas por la espiral de roles prescrito por la tradición y
paradójicamente retroalimentado por las instituciones. Por no mencionar
el enorme sufrimiento que la mala resolución institucional de los
conflictos familiares está generando a los menores. A nuestro entender
se hace necesario una regla fuerte favorable a la custodia compartida,
una nueva norma que garantice el derecho de los menores a las relaciones
familiares estables e igualitarias, y también que garantice la
libertad de las personas, sean mujeres u hombres, para desarrollar
plenamente proyectos irrenunciables, entre ellos la filiación y la
crianza, derecho-deber al que ningún padre ni madre tiene porqué
renunciar, ni del que tampoco nadie, sin causa objetiva, razonable y
demostrada, tiene porqué ser excluido.
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